Normas del IRS sobre el trabajo después de la jubilación
Como miembro jubilado de SCERA, puede trabajar para un empleador cubierto por SCERA sin que ello afecte a su prestación mensual de jubilación, siempre que cumpla los requisitos de la ley de jubilación de California y de la ley fiscal federal, que se resumen a continuación. Depende de usted y de su propuesta de empleador cubierto por SCERA garantizar el cumplimiento de estos requisitos y se pueden imponer sanciones estrictas a un jubilado que no cumpla con estos requisitos.
Los miembros generales deben tener una interrupción de servicio de 180 días después de la jubilación antes de volver a trabajar como jubilado de ayuda adicional o como contratista independiente para un empleador cubierto por el SCERA. Una “interrupción en el servicio” incluye la terminación del empleo por parte del empleado sin un acuerdo o entendimiento entre el empleador y el empleado de que éste volverá a trabajar para el empleador. Un afiliado general puede volver a trabajar antes de que finalicen los 180 días sin perder las prestaciones de jubilación sólo si el empleador certifica que el nombramiento es críticamente necesario (necesario para evitar la interrupción del trabajo en una emergencia o el afiliado tiene habilidades necesarias para realizar un trabajo de duración limitada) y el nombramiento es aprobado por el órgano de gobierno del empleador en una reunión pública (no en el calendario de consentimiento).
Normas para trabajar después de la jubilación
Después de jubilarse, puede trabajar para cualquier empresa que no participe en el Sistema de Jubilación de Virginia (VRS), como una organización sin ánimo de lucro o una empresa privada, y seguir recibiendo sus prestaciones de jubilación. Si vuelve a tener un empleo cubierto
En algunas circunstancias, puede seguir recibiendo sus beneficios de jubilación mientras trabaja en un puesto no cubierto con un empleador que participa en el VRS. Si trabaja para la empresa de la que se jubiló, debe tener una interrupción de buena fe en el servicio
en sus prestaciones de jubilación actuales y futuras. Póngase también en contacto con la Administración de la Seguridad Social para obtener información sobre cómo afectan los ingresos durante la jubilación a su derecho a las prestaciones de la Seguridad Social. Llame al número gratuito 1-800-772-1213 o visite el sitio web de la Administración de la Seguridad Social.
Covid jubilado de Calpers
Si se jubiló conforme a las disposiciones normales del PERS (excluyendo a los jubilados del Programa de Incentivos a la Jubilación (RIP)), puede volver a emplearse y convertirse en miembro del Sistema de Jubilación de Profesores (TRS), del Sistema de Jubilación Judicial (JRS) o del Sistema de Jubilación de la Guardia Nacional y la Milicia Naval (NGNMRS) sin limitaciones, suponiendo que haya tenido una separación de buena fe (consulte la política de separación de buena fe que se describe a continuación).
La jubilación normal se define como la jubilación con derecho a una prestación de jubilación no reducida por edad o por servicio. Después de la adquisición de derechos, la edad normal de jubilación de PERS es de 55 años para el nivel I, de 60 años para los niveles II/III y de cualquier edad para “todos los demás” con 30 años de servicio o para los policías/bomberos con 20 años de servicio. (La jubilación normal no incluye a los jubilados del RIP).
Los intereses (actualmente del 7%) se acumulan sobre su deuda desde la fecha en que se reincorpora a su puesto de trabajo hasta que la deuda se paga por completo o se jubila de nuevo. Cualquier saldo restante cuando se vuelva a jubilar dará lugar a una reducción actuarial de sus futuras prestaciones de jubilación.
Cuántas horas se puede trabajar después de la jubilación
Cada año, revisamos los registros de todos los beneficiarios de la Seguridad Social que tienen salarios declarados para el año anterior. Si su último año de ingresos es uno de los más altos, recalculamos su prestación y le abonamos el aumento que le corresponde. El aumento es retroactivo al mes de enero del año siguiente al que ganó el dinero.
Cuando empiece a percibir las prestaciones de jubilación de la Seguridad Social, se le considerará jubilado a nuestros efectos. Puede percibir las prestaciones de jubilación o de supervivencia de la Seguridad Social y trabajar al mismo tiempo. Sin embargo, existe un límite en cuanto a la cantidad que puede ganar y seguir recibiendo las prestaciones completas.
En el año en que alcance la plena edad de jubilación, le descontaremos 1 dólar en prestaciones por cada 3 dólares que gane por encima de un límite diferente. En 2022, este límite de ingresos es de 51.960 $. Sólo contabilizamos sus ingresos hasta el mes anterior a que alcance la plena edad de jubilación, no sus ingresos de todo el año.
Si sus ingresos superan el límite del año y va a recibir prestaciones de jubilación durante parte del año, tenemos una norma especial que se aplica a los ingresos de un año. Esta norma especial nos permite pagar una prestación completa de la Seguridad Social por cualquier mes completo que consideremos que está jubilado, independientemente de sus ganancias anuales.